Los planes de seguridad y salud se realizan siguiendo el contenido del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, en su art. 7º:
“ 1. En aplicación del estudio de seguridad y salud, o en su caso, del estudio básico, cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo…..”
Contenido del plan:
- Memoria descriptiva
- Pliego de condiciones
- Planos Mediciones
- Presupuesto
Otras actividades preventivas como:
- Implantación y seguimiento del Plan con visitas a obra de un Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales.
- Formación de los trabajadores a pie de obra, para una mejora de utilización de equipos de protección, y uso correcto de maquinaria y herramientas.
Vigilancia sobre:
- Estado de maquinaria y herramientas.
- Protecciones colectivas e individuales.
- Sistemas de trabajo.
OTROS SERVICIOS RELACIONADOS:
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Coordinación de Actividades Empresariales
Cursos para profesionales:
- Cursos de carretilleros.
- Cursos de altura para torres de telecomunicaciones y otros.
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